
Según la aprobación del nuevo nomenclador de actividades del impuesto sobre los ingresos brutos (NAIIB-18) y el reempadronamiento establecido por la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) mediante la Resolución Normativa Nº 38/17 y Resolución Normativa Nº 39/17, el Colegio informa a sus matriculados que deberán tener en cuenta, a partir del 01/01/2018, el nuevo código de actividades.
En este sentido, deberán verificar el código de actividad en el cual se encuentran inscriptos a fin de constatar las equivalencias aprobadas y reempadronarse según el nuevo nomenclador.
A continuación se detallan las equivalencias para las tres actividades en las que pueden estar inscriptos los profesionales kinesiólogos:
Nomenclador de actividades NAIIB-99.1 |
Equivalencia nomenclador NAIIB-18 |
851190 (Servicios de internación) 851500 (Servicios de tratamiento) 851900 (Servicios relacionados con la salud humana n.c.p) |
861010 (servicios de internación excepto instituciones relacionadas con la salud mental) 869010 (servicios de rehabilitación física) 869090 (servicios relacionados con la salud humana n.c.p) |
Compartimos el enlace de las dos resoluciones, con el objetivo de que puedan consultarlas.
CoKiBA